Por
lo que puedo leer aquí y allá se habla mucho de mediación, pero puede resultar difícil hacerse una idea concreta, entre tanta
información, acerca de cual es la función del mediador. Algunas de estas
nociones acerca de su función tienen algo que ver con el recelo que manifiestan
muchos abogados ante la llegada de los mediadores pensando, erróneamente, que
pueden usurparles parte de sus funciones.
¿Cuál
es la función del mediador? Mediar. Con esto no digo mucho más de lo que enunciaba
la pregunta, así que empezaré diciendo lo que no es.
Mediar
no es aconsejar. Mediar no es asesorar. Mediar no es opinar. Mediar no es
juzgar.
En
contra de lo que muchos piensan, a tenor de lo que dicen, el mediador no es un
consejero ni un asesor. De hecho, el manifestarse a favor de una u otra solución,
le saca de su función, ya que, inevitablemente, el rango de soluciones que
puede tener un conflicto puede ser tan variopinto como las necesidades de los
implicados. Por ejemplo, un mediador puede provenir del mundo del derecho y
saber mucho de leyes, y ya sabemos que las leyes son interpretables. Ante una
pregunta de una de las partes, se puede dar una respuesta que pueda favorecer
más a uno que a otro y en ese momento, perderá la equidistancia que requiere su
función.
El
único afán de un mediador consiste en ayudar a las partes a sostener la
conversación que les permita tomar las decisiones que les parezcan pertinentes
para solucionar su conflicto. También se preocupa por equilibrar el poder de las
partes, de modo que si una parte carece de la información necesaria para tomar
una decisión, le invitará a buscarla en fuentes objetivas. Si en otro caso, por
ejemplo, una parte tiende a acaparar el diálogo, tratará de equilibrar las
intervenciones para asegurarse de que ambas tienen la oportunidad de exponer
todos sus argumentos.
La
formación de los mediadores también les provee de las herramientas específicas
encaminadas a rebajar la tensión, con el fin de que estén en disposición de
pensar acerca de su conflicto de una forma creativa que pueda ser beneficiosa
para ambas partes.
Por
todo lo expuesto, un mediador no tiene porque tener una formación especializada
para mediar en un campo específico, ya que su función no consiste en formarse
una opinión acerca de quien tiene razón o quien no. Para eso estarán los
abogados o cualquier técnico especialista en la materia de que se trate y que
tendrán su lugar de forma paralela a la mediación para proporcionar la
información que sea menester con el fin de tomar decisiones informadas.